Viernes 18 de marzo 2022
Carlos Mauricio Duque
Abogado de inmigración

Buenas tardes para todos, soy el abogado de inmigración  Carlos Mauricio Duque.

Después de obtener el estatus de asilado, usted puede extenderle los beneficios a familiares que se encuentran fuera o dentro de los Estados Unidos.

Empezaré recordándoles a todos que cuando una persona obtiene el estatus de asilado en Estados Unidos, bien sea por:

  • Hace el proceso afirmativamente a través del Servicio de Inmigración y obtiene el asilo por medio de ellos o,
  • Hace el proceso ante a un juez de inmigración y obtiene el asilo en corte

Puede iniciar un proceso para extenderle esos beneficios a sus familiares que están fuera de Estado Unidos o que están en el país y que no pudieron ser incluidos en la petición.

Situaciones espacíficas para extender los beneficios del asilo en Estados Unidos:

  1. Si el solicitante no está en proceso de deportación

Si el solicitante de asilo no está en proceso de deportación puede posteriormente incluir en la petición a:

  • Su cónyuge si el matrimonio se realizó después de la presentación del asilo inicial
  • Un hijo menor de edad que no se encontraba presente en Estados Unidos cuando se realizó la petición y entró al país.
  • Si el solicitante está en proceso de deportación

Estando la persona dentro del proceso de deportación es un poco más complicado porque todos los beneficiarios del asilo tienen que estar frente a la corte para poder derivar beneficios en ese momento.

Si no se da alguna de estas circunstancias, es decir, si al momento de la aprobación del asilo no están incluidas las personas principalmente porque están fuera de los Estados Unidos o  en algunos casos están aquí presentes y no pudieron estar incluidos por no estar todas las personas en proceso de deportación, en estos casos, los familiares pueden derivar benéficos de inmigración a:

  • Cónyuges
  • Hijos menores edad
  • Hijos de 21 años o mayores si la solicitud se inició antes de que cumplieron los 21 años.

El proceso para las personas que están fuera de lso Estados Unidos se hace a través de una petición que se inicia con el Servicio de Inmigración, pasa  por el Centro Nacional de Visas y por ultimo, termina en la embajada del país que haya sido designado.

Entonces recuerden que cónyuges e hijos menores de edad pueden derivar beneficios de sus asilos a pesar de que no estuvieran incluidos inicialmente en el caso.

Importancia del parol humanitario para tener permiso de trabajo

En los últimos meses muchas personas que están entrando por la frontera sur de los Estados Unidos están obteniendo el documento del parol; un parol humanitario que les permite entrar al país.

Si usted o un familiar suyo ha entrado por la frontera sur de los Estados Unidos, por favor, revise los documentos para ver si en alguno de ellos hay una indicación de que recibieron un parol.

El parol le permite obtener el permiso de trabajo por un año con posibilidad de extenderlo, aunque a veces se complica la extensión, pero lo más importante es que ese parol le da la oportunidad de tener el permiso de trabajo de forma rápida que es generalmente una de las cosas más importante para una persona que está entrando al país.

Como hemos comentado en videos anteriores, muchos de los permisos de trabajo se están demorando considerablemente incluso en los casos de asilo que anteriormente eran muy rápidos, pero, si la persona obtiene el parol en el momento de la entrada al país, su permiso de trabajo se obtendrá de una forma más rápida.

Procesamiento de los permisos de trabajo en casos de asilo dentro de los 30 días siguientes a la solicitud

Esta semana, el Servicio de Inmigración anunció que, en cumplimiento de una orden judicial, van a empezar a procesar nuevamente los permisos de trabajo por asilo dentro de los 30 días siguientes a cuando los reciban.

Noticia destacada de esta semana

La noticia que me gustaría destacar de esta semana ha sido el llamado que han hechos muchos representantes del congreso de los Estados Unidos al gobierno del presidente Biden para que haga uso de la acción ejecutiva de los poderes que le da la ley al presidente en materia de inmigración.

Hemos estado viendo 2 manera como el gobierno ha actuado hasta el momento:

Lo primera, es en procesos de deportación, el gobierno ha implementado varias reglas que nos dan cierta  flexibilidad para buscar el cierre administrativo de varios procesos o de dar alargue a otros procesos con la expectativa de que el gobierno apruebe alguna norma adicional que puede beneficiar a nuestros clientes.

Esas son básicamente las 3 acciones que el gobierno ofrece:

  • Desechar cargos en algunos casos.
  • Cerrar administrativamente algunos casos.
  • Buscar nuevas alternativas para 2023 ó 2024.

Sin embargo, en esta acción ejecutiva lo que están buscando los congresistas es ir mas allá, ya estaríamos hablando de TPS para varios de los países centroamericanos o una renovación para los que ya los tienen, pero básicamente TPS para personas que están presentes en los Estados Unidos.

Estaríamos buscando también como acción ejecutiva aumentar el número de casos que saldrían de la Corte de Inmigración porque hay muchos procesos de deportación que no deberían ser una prioridad para la administración y lo que estaríamos buscando es que el presiente logre dar instrucción para que esos casos se puedan sacar de la lista de pendientes.

Si se logra la expansión del TPS para países centroamericanos y si se logra profundizar todo lo de la acción ejecutiva en materia de la corte de inmigración, se podría solucionar en gran medida todo el problema del número de casos y retrasos  que hay en las cortes de inmigración.

¡Vamos a estar haciendo seguimiento  a cualquier anuncio!

Licencias en la Florida

Por último, quiero hablar sobre las licencias en la Florida.

No siempre una persona necesita tener un permiso de trabajo para ir al departamento de motores de la Florida y obtener una licencia.

Esto es muy importante porque muchas veces las personas no tienen como obtener un permiso de trabajo o el permiso se está demorando y se va a vencer su licencia.

Hay otros documentos además del permiso de trabajo con los que la podemos obtener la licencia:

  • Recibo de un caso de asilo.
  • Recibo de la petición de residencia permanente o de empleo.
  • La notificación de la siguiente audiencia en un proceso de deportación.
  • El documento de parol.
  • Los recibos del TPS.
  • La orden de un juez cerrando administrativamente un caso.
  • la orden del juez dando terminación de un caso.

Todos estos son ejemplos de documentos que podemos  utilizar en el estado de la  Florida para obtener la licencia sin el permiso de trabajo.

Consúltanos tu caso, estamos dispuestos a ayudarte.

Llámanos al 305 436 0155

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