[:es]Para terminar el castigo o penalidad impuesto por infringir la “Ley de los 3 o de los 10 años” y obtener la Green Card usted debe solicitar un Waiver.
La visa es el permiso que un país le da a un extranjero para ingresar a éste legalmente donde quiere desarrollar actividades como negocios, turismo, estudio o trabajo.
Las visas en Estados Unidos se conceden con una fecha de vencimiento y la persona debe abandonar el país antes de esa fecha para cumplir con las leyes de inmigración.
Hay sanciones que los Estados Unidos pueden imponer a quienes sobrepasan los permisos de estadía: el castigo de 3 o de 10 años.
El castigo de los 3 o de los 10 años son dos penalidades diferentes. Cuando alguien es penalizado con estas sanciones no puede ingresar nuevamente a los Estados Unidos hasta no haber cumplido con la sanción que empieza a contar desde el día en que salió o hasta obtener un perdón.
Si usted es extranjero y ha estado ilegalmente en Estados Unidos por más de 180 días corridos, al salir se le impondrá una penalidad de 3 años en los que no puede regresar al país.
Pero si estuvo como ilegal por más de 365 días continuos, entonces la prohibición es por 10 años.
Esta penalidad lo convierte en una persona inadmisible para estar en los Estados Unidos, por lo tanto, si tiene una solicitud para la residencia permanente esta se cancela ya que es requisito indispensable ser persona admisible.
Cuando esto sucede es posible solicitar un perdón, conocido en inglés como waiver.
En la actualidad hay dos tipos de Waiver o perdón que hay que tramitar antes de obtener su residencia permanente si tiene problemas de inmigración.
I-601 Exención de Inmigración: Solicitud de exención de causales de inadmisibilidad
Cubre varios temas, entre ellos motivos de inadmisibilidad debido a la presencia ilegal en los Estados Unidos por más de 180 días o 1 año, algunas violaciones penales, múltiples condenas penales, fraude, o representación falsa. El I-601 también puede usarse en otros casos en los que una persona ha sido declarada inadmisible, tales como: motivos relacionados con la salud, la prostitución, la pertenencia a un partido totalitario o comunista, o casos limitados de tráfico de indocumentados.
Este perdón se utiliza para tramitar el waiver de una persona que esta fuera del país, estos perdones no son fáciles de obtener y se demoran en ser tramitados entre 8 meses y 1 año, dependiendo del caso. Solo cuando obtenga la aprobación del perdón podrá regresar, lo que trae consigo el dolor de haber estado ausente de su familia mientras duro la tramitación.
Exención de Inmigración I-601A: Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal
La Exención I-601A Provisional es un proceso relativamente nuevo implementado desde el 4 de marzo de 2013. La diferencia con el perdón I-601, es que permite que un cónyuge, hijos, o padres de ciudadanos estadounidenses soliciten y reciben una decisión sobre su solicitud de exención sin necesidad de abandonar el país. Solo será necesario salir cuando ya tenga el waiver para ir a la embajada de Estados Unidos de su país de origen a recibir la residencia permanente si ha sido aprobada.
Este perdón beneficia a los familiares inmediatos de residentes y ciudadanos americanos: cónyuges, hijos solteros y padres indocumentados.
Es muy importante entender las dificultades de obtener un perdón y, en la mayoría de los casos que son aprobados han sido preparados por abogados migratorios con experiencia en este tipo de casos.
La firma del Abogado Carlos Duque tiene experiencia por más de 10 años en: PERDONES / WAIVERS con éxito. Presente su caso programando su cita.
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Bogotá, Colombia +57 1 426 3975[:en]Para terminar el castigo o penalidad impuesto por infringir la “Ley de los 3 o de los 10 años” y obtener la Green Card usted debe solicitar un Waiver.
La visa es el permiso que un país le da a un extranjero para ingresar a éste legalmente donde quiere desarrollar actividades como negocios, turismo, estudio o trabajo.
Las visas en Estados Unidos se conceden con una fecha de vencimiento y la persona debe abandonar el país antes de esa fecha para cumplir con las leyes de inmigración.
Hay sanciones que los Estados Unidos pueden imponer a quienes sobrepasan los permisos de estadía: el castigo de 3 o de 10 años.
El castigo de los 3 o de los 10 años son dos penalidades diferentes. Cuando alguien es penalizado con estas sanciones no puede ingresar nuevamente a los Estados Unidos hasta no haber cumplido con la sanción que empieza a contar desde el día en que salió o hasta obtener un perdón.
Si usted es extranjero y ha estado ilegalmente en Estados Unidos por más de 180 días corridos, al salir se le impondrá una penalidad de 3 años en los que no puede regresar al país.
Pero si estuvo como ilegal por más de 365 días continuos, entonces la prohibición es por 10 años.
Esta penalidad lo convierte en una persona inadmisible para estar en los Estados Unidos, por lo tanto, si tiene una solicitud para la residencia permanente esta se cancela ya que es requisito indispensable ser persona admisible.
Cuando esto sucede es posible solicitar un perdón, conocido en inglés como waiver.
En la actualidad hay dos tipos de Waiver o perdón que hay que tramitar antes de obtener su residencia permanente si tiene problemas de inmigración.
I-601 Exención de Inmigración: Solicitud de exención de causales de inadmisibilidad
Cubre varios temas, entre ellos motivos de inadmisibilidad debido a la presencia ilegal en los Estados Unidos por más de 180 días o 1 año, algunas violaciones penales, múltiples condenas penales, fraude, o representación falsa. El I-601 también puede usarse en otros casos en los que una persona ha sido declarada inadmisible, tales como: motivos relacionados con la salud, la prostitución, la pertenencia a un partido totalitario o comunista, o casos limitados de tráfico de indocumentados.
Este perdón se utiliza para tramitar el waiver de una persona que esta fuera del país, estos perdones no son fáciles de obtener y se demoran en ser tramitados entre 8 meses y 1 año, dependiendo del caso. Solo cuando obtenga la aprobación del perdón podrá regresar, lo que trae consigo el dolor de haber estado ausente de su familia mientras duro la tramitación.
Exención de Inmigración I-601A: Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal
La Exención I-601A Provisional es un proceso relativamente nuevo implementado desde el 4 de marzo de 2013. La diferencia con el perdón I-601, es que permite que un cónyuge, hijos, o padres de ciudadanos estadounidenses soliciten y reciben una decisión sobre su solicitud de exención sin necesidad de abandonar el país. Solo será necesario salir cuando ya tenga el waiver para ir a la embajada de Estados Unidos de su país de origen a recibir la residencia permanente si ha sido aprobada.
Este perdón beneficia a los familiares inmediatos de residentes y ciudadanos americanos: cónyuges, hijos solteros y padres indocumentados.
Es muy importante entender las dificultades de obtener un perdón y, en la mayoría de los casos que son aprobados han sido preparados por abogados migratorios con experiencia en este tipo de casos.
La firma del Abogado Carlos Duque tiene experiencia por más de 10 años en: PERDONES / WAIVERS con éxito. Presente su caso programando su cita.
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