Primero haremos unos recordatorios en cuanto a diferentes temas en cambios de leyes de inmigración:
-Las personas que recibieron su visa de inmigrante y se les venció sin poder viajar, sin poder utilizarla, ya sea por razones del covid o por cualquier otro motivo, podrán pedir nuevamente una cita en la embajada de forma remota.
Estas personas pueden comunicarse con la Embajada y obtener una nueva visa sin necesidad de una cita en persona.
Están calculando que se darán entre 11.000 y 40.000 visas.
La buena noticia es que este es un primer paso hacia delante, solo nos queda esperar que pronto puedan eliminar la necesidad de la cita en persona para todas las categorías de visa en la embajadas, por lo menos mientras dura este fenómeno del covid, ya que en este momento hay por lo menos unas 800.000 visas sin poder emitirse por la falta de recursos de las embajada de todo el mundo.
Aunque es una situación incierta por el momento, esta es una noticia alentadora porque es una indicación que el departamento de estado está pensando en formas de lograr emitir visas sin necesidad de citas en persona que es lo que ha atrasado el procesamiento de los casos.
-Otro anuncio, es que hace más de seis meses salió un acuerdo que se llama “El acuerdo de Méndez Rojas” esto es para las personas que quieren buscar asilo y que nunca hicieron la solicitud, quienes entraron por la frontera de México–Estado Unidos, es decir que entraron ilegalmente por el desierto o por el rio, los cogió inmigración y luego los soltó y nunca realizaron ningún tipo de solicitud, este acuerdo permite solicitar el asilo político así haya pasado más de un año de haber ingresado al país.
Este acuerdo da la posibilidad incluso de reabrir casos, por la situación de la restricción del año. Este acuerdo vence el 31 de marzo de 2022.
-Por otro lado, las solicitudes de reapertura, las personas que tienen ordenes de deportación en ausencia, es decir personas que tenían una cita en la corte de inmigración con un juez y no fueron, ese días les ponen orden de deportación en ausencia. Nos especializamos en estudiar este tipo de casos y buscamos todas las opciones posibles y realmente tenemos mucho éxito en reabrir este tipo de procesos, es súper importante tener toda la documentación, tener toda la historia del caso, hace unos meses salió una decisión de una corte del circuito quinto de apelaciones, abrió la `puerta para muchos más casos poder entrar por la reapertura con mayores facilidades.
-Otro punto, es una decisión tomada hace unos meses por la Corte Suprema de Justicia que se llama Niz-Chávez y Se refiere a la ley de los 10 años, muchos casos de personas que decidieron en su momento no pedir la ley de los 10 años, lo pueden hacer ahora porque cambió la ley que aplica la forma como se cuentan esos 10 años. Antiguamente ese tiempo no se podía acumular después que se ponía la persona en proceso de deportación, pero ahora si, esos 10 años se pueden acumular, en muchos casos durante el tiempo que la persona está en proceso de deportación.
Esto es para personas que tiene hijos, esposo(a) o padres que sean residentes o ciudadanos y que tienen orden de deportación y que nunca pidieron acogerse a esta ley.
-Ahora hablaremos del Parole, que venía con la reforma que se está haciendo en el congreso y para hablar con las personas que están en proceso de deportación y que tenemos la posibilidad de buscar el cierre administrativo o desechar los cargos.
Infortunadamente el senado nos anunció que la mini reforma por lo menos en este momento ya no aplica.
Para las personas que están en proceso de deportación, se debe tratar de negociar con la fiscalía para cerrar administrativamente el caso o para tratar de desechar los cargos.
Cerrar administrativamente un caso significa que se cancelan todas las audiencias futuras en Corte, no quiere decir que el caso está terminado, simplemente se pone de lado por ahora, esto es bueno porque nos permite seguir pidiendo el permiso de trabajo basado en ese caso que esta cerrado administrativamente pero que sigue abierto.
El cierre administrativo es una solución muy buena para las personas que en el futuro van a tener otra solución para su caso o los que quieren mantener el permiso sin tener que ir a corte a peliar el caso y además, previene en un futuro cercano que a la persona le pongan orden de deportación.
Esta es una solución muy interesante, aunque en la fiscalía muchos criterios están cambiando y no hay mucha claridad en que casos pueden ser aprobados para cierre administrativo o cuales no.
Debido a esto cada caso requiere un análisis particular, si el clientes esta interesado en cierre administrativo o desechar los cargos iremos a la fiscalía y si la fiscalía no lo aprueba mandamos directamente la solicitud a un juez y si pasados diez días la fiscalía no responde el juez puede cerrar el caso.
Comuníquese con nosotros para tratar su caso en particular, hablar sobre sus opciones y definir que medidas son las más convenientes si un cierre administrativo o desechar los cargos. O si tiene algún otro tema pendiente de inmigración.
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Duque, Kelley and Associates, PLLC, abogados de inmigración en Miami
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Carlos Mauricio Duque
Abogado de inmigración