Los ciudadanos americanos pueden solicitar los papeles de  residencia permanente  para sus familiares inmediatos y algunos familiares no inmediatos.

¿QUIÉNES SON FAMILIARES INMEDIATOS DE UN CIUDADANO?

  1. En primer lugar, esposo/a. Tanto matrimonios de hombre y mujer como de dos hombres o de dos mujeres.
  2. En segundo lugar, hijos/as biológicos o adoptados, que sean solteros menores de 21 años.
  3. En tercer lugar, padre y madre. En el caso de padres que no reconocieron a sus hijos en el momento del nacimiento también podría ser posible.

Se puede pedir como familiar inmediato a padres adoptivos, padrastros y madrastrascumpliendo con requisitos especiales.

Siempre hay visas disponibles para familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses. Esto significa que su familiar no tiene que esperar un turno para obtener una visa. Se demora el tiempo que se emplee para la tramitación

Ser familiar inmediato de un ciudadano no garantiza la obtención de la residencia permanente. Es necesario que se cumplan otros requisitos, como que el solicitante tenga recursos económicos suficientes para patrocinar a su familiar.

 ¿QUIÉNES no SON FAMILIARES INMEDIATOS DE CIUDADANOS?

  1. Hijos solteros mayores de 21 años. Es lo que se conoce en inmigración como categoría F1.
  2. Hijos casados de cualquier edad. Es lo que recibe el nombre de categoría F3
  3. Hermanos de cualquier edad, solteros y casados. Es lo que se conoce como categoría F4.

Dentro de hermanos se entiende a los biológicos, a los que lo son por adopción, a los hermanastros que tienen sólo un progenitor en común y, cumpliendo con unos requisitos, también los hijos del padrastro o los de la madrastra.

Es fundamental entender y tener en cuenta que dentro de las peticiones de residencia permanente para familiares no inmediatos hay un límite anual en el número de tarjetas de residencia que se pueden aprobar en cada categoría. Y como el número de peticiones es mucho más grande que el de tarjetas que se pueden dar se produce un gran retraso

No se puede solicitar la residencia permanente para otros familiares como tíos, sobrinos, nietos, primos o abuelos ni padrinos.

Por último, el ciudadano americano puede solicitar una visa K1 de prometido/a. La boda debe realizarse en el plazo máximo de 90 días contados desde el día en el que la persona extranjera entró en EEUU. También se puede solicitar una visa K-2 para los hijos del prometido/a.

Tras el matrimonio deberá pedirse un ajuste de estatus para convertirse en residente permanente.